BASES LEGALES PROMOCIÓN
“CONCURSO 100 MIL SEGUIDORES CLINIQUE 2024”
En Santiago de Chile, a 10 de Mayo de 2024, Cela Cosmeticos S.A., RUT N° 96.920.840-7, con domicilio en Av. Pdte. Riesco 5561, oficina 402, Las Condes, Santiago, en adelante el “Organizador”, ha organizado la siguiente promoción:
ARTÍCULO PRIMERO: Objeto.- Con motivo de reconocer la preferencia de sus clientes, la Marca Clinique realizará un concurso debido al crecimiento de su comunidad de Instagram en 100 mil seguidores” la “promoción”, cuyos términos y condiciones se regulan en las presentes bases.
ARTÍCULO SEGUNDO: Contenido y Mecánica.- Estarán participando todos quienes comenten su producto favorito de la marca en el post realizado para el concurso. Además, debe seguir a la cuenta @CliniqueChile.
ARTÍCULO TERCERO: Duración y extensión territorial.- La vigencia de la promoción será desde el 10 de Mayo de 2024 hasta el 16 de Mayo de 2024, ambas fechas inclusive; y solo será válida dentro del territorio de la República de Chile.
ARTÍCULO CUARTO: Premio.- El premio consiste en 3 sets, en donde cada set contiene: un labial almost lipstick black honey, una máscara high impact waterproof 7ml, una crema moisture surge SPF25 50ml y una crema moisture surge 100h 50 ml.
ARTÍCULO QUINTO: Sorteo.- Entre todos los participantes que cumplan con lo establecido en el artículo segundo se efectuará un sorteo, fecha a definir entre viernes 17 y martes 22 , en las dependencias del Organizador a través de un sistema informático que funciona totalmente al azar; para seleccionar a 3 posibles ganadores quiénes obtendrán el premio; y para seleccionar a 1 ganador suplente para el sorteo efectuado.
ARTÍCULO SEXTO: Entrega del Premio.-
6.1 El Premio será entregado, previa confirmación fidedigna de los datos del respectivo posible ganador. El ganador que no pudiere acreditar su identidad al Organizador dentro de los 5 días siguientes de la solicitud, se entenderá que no fue habido;
6.2 El premio se entregará con previa coordinación al domicilio del ganador. Y la entrega se realizará dentro de los próximos 30 días de comunicado el ganador y se confirmará de manera previa que le estará llegando a su domicilio.
6.3 Perfeccionada la entrega material del Premio por parte del Organizador la responsabilidad sobre el mismo es de exclusiva cuenta y riesgo del respectivo ganador. Todo gasto en que incurra el ganador del Premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega es de su cargo;
6.4 Los posibles ganadores que no respondan dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de publicación de resultados del sorteo correspondiente perderán todo derecho al respectivo Premio y se procederá a contactar al ganador suplente (en caso de existir) bajo las misma condiciones y plazos que corresponden al posible ganador;
6.5 No habiendo sido contactado ningún posible ganador, se declarará desierta la promoción, dando cuenta de tal hecho por idéntico medio usado para publicitar las presentes bases;
6.6 Como requisito esencial de la entrega y recibo del Premio, el Agente encargado que realice la entrega del Premio, solicitará los datos de quién reciba el premio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones.-
7.1 Solo podrán participar en la promoción personas capaces de conformidad a la legislación chilena.
7.2 El ganador no podrá exigir su Premio en dinero;
7.3 El Organizador no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto, daño físico, desgaste o desperfecto ocurrido al premio con posterioridad a su respectiva entrega;
7.4 Será responsabilidad de los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar los Premios que reciban al uso goce y destino que naturalmente le correspondan, especialmente si su entidad y/o envoltura detalla condiciones especiales de uso, aplicación o destino.
7.5 El Organizador no se responsabiliza por daños a terceros derivados de la manipulación y/o uso que se realice de los Premios.
ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones.- Quedan excluidos de participar de la promoción:
8.1 Los trabajadores del Organizador y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores de la promoción, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador, con el objeto de desarrollar y/o ejecutar la promoción;
8.2 El Notario Público donde se protocoliza este documento y todo el personal de su Notaría;
8.3 Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución de la presente promoción.
ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones Finales.-
9.1 Conocimiento de las bases de la Promoción: Al momento de participar, el cliente conoce, asume y acepta las condiciones establecidas en estas bases;
9.2 Restricción ganadores: Con el fin de permitir la participación de todos, los ganadores podrán ser escogidos solo una vez en un año calendario en concursos de la Marca. De esta manera quien ya haya sido escogido ganador en un concurso, no podrá ser escogido como ganador en otros concursos de la marca durante el año en curso;
9.3 Cesión de derechos: La aceptación de las presentes bases, implica el consentimiento por parte de los participantes para que el Organizador utilice las imágenes para la realización de actividad publicitaria, relacionada con el presente concurso. La utilización de los datos e imágenes de los participantes no implica remuneración ni beneficio alguno para ellos.
9.4 Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales de la promoción, el Organizador podrá modificarla comunicando oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases;
9.5 Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la promoción, incluyendo pero no limitando a falsificación o adulteración de datos, la intervención de software o elementos ajenos a la destreza humana que puedan alterar el normal funcionamiento de la promoción. Además, el Organizador tiene la libertad para descalificar en cualquier momento perfiles que a su juicio sean sospechosamente falsos o que estén siendo usados sistemáticamente para cazar premios.
9.6 Concursos en Instagram: Instagram se exonera de toda responsabilidad por parte de cada concursante o participante, y cabe señalar que la promoción no está patrocinada, avalada, administrada o asociada en modo alguno a Instagram.
PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento estará disponible para su consulta en www.clinique.cl/bases-legales